La negación del Derecho a la Salud en Colombia

Por Álvaro Lopera

Foto: Tomada de viva.org.co

El derecho a la salud, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), implica garantizar a todas las personas igualdad de oportunidades para alcanzar el máximo grado de bienestar. Lamentablemente, en Colombia este ideal dista mucho de ser una realidad. No hay una cifra exacta de cuántas tutelas se han presentado en contra del sistema de salud actualmente vigente. Sin embargo, se sabe que el número ha aumentado significativamente en los últimos años debido a la dificultad de acceso a los servicios de salud. En 2008, el número de tutelas amenazó con colapsar todo el sistema de administración de justicia de Colombia, alcanzando su punto máximo de 142.952 tutelas, de acuerdo con un portal de la universidad de Harvard (www.hsph.harvard.edu.). Aun así, los eternos corifeos del sistema privado de salud se atreven a decir abiertamente, y sin rubor alguno, que este país tiene uno de los mejores sistemas de salud del mundo.

De normas y de cumplimientos

El artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos asegura que “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud…”. Por su parte, la Constitución de la OMS afirma que “el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano”. Según datos anteriores a la pandemia del Covid 19, unos 100 millones de personas de todo el mundo son empujadas cada año a vivir por debajo del umbral de pobreza como consecuencia de los gastos sanitarios. Y Colombia no se queda atrás en esta tragedia.

Tenemos ante nosotros un incumplimiento no solo de las normas internacionales, relacionadas intrínsecamente con los derechos humanos, sino de la constitución política del país, de 1991, pues en su artículo 49 afirma tajantemente: “La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud”.

La actual situación de cosas incumple también la Sentencia T-361/14 (2014) de la Corte Constitucional que establece que “El derecho a la salud es un derecho fundamental de todos los habitantes del territorio nacional que debe ser respetado y protegido y, que puede ser invocado a través de la acción de tutela cuando este resultare amenazado o vulnerado, para lo cual, los jueces constitucionales pueden hacer efectiva su protección y restablecer los derechos vulnerados”. ¿Todo para qué? Para que después fuera saboteada flagrantemente en el gobierno de Santos, con su ministro de salud, Alejandro Gaviria –ahora fiero escudero de las EPS–, la Ley Estatutaria 1751 de 2015 que reafirma el derecho fundamental a la salud y sus principios, incluyendo la universalidad, la misma que el gobierno Petro quiere sacar adelante en su filosofía, con la actual reforma a la salud que tanto defendió la exministra Carolina Corcho.

Un testimonio más

Desde el año 2005 fue detectado un problema en mi corazón: se encontró un soplo benigno, que tenía que ser estudiado anualmente, en tanto en la familia se tiene una historia de fallecimientos por este músculo que bombea sangre hasta el último segundo de nuestros días. Por eso debían hacerme estudios juiciosos para evitar que ese mal avanzara. Pues bien, desde 2007 a la fecha, 2023, los estudios realizados y que deben acompañarse con ecocardiogramas, por la calidad del problema, no han sido superiores a 4, habiéndose suspendido el tal seguimiento en el año en que se inició la pandemia.

A finales de noviembre de 2022, tras haberme realizado un ecocardiograma a principios del mismo año, pude al fin visitar, por intermedio de la EPS, a una cirujana cardiovascular, quien miró atentamente los resultados, que databan del año 2017, y se asombró que no tuviera un diagnóstico claro de aneurisma aórtico, y ordenó, ese mismo día, que me fuera practicado un nuevo ecocardiograma con revisión posterior de cardiólogo y de nuevo con una visita a ella en la Clínica Cardiovascular.

Efectivamente, la EPS Sura, seis días más tarde, a principios de diciembre, autorizó dicho examen. Pero acá empezó la farsa. Desde hora y punto, mi compañera se puso a llamar a la Clínica Medellín de Occidente, que fue la IPS autorizada por la EPS. Y claro, desde el primer momento la respuesta fue, tras esperar 30 o 40 minutos en cada llamada, “señora, vuelva a llamar la semana entrante que no hay agenda”, y así semana tras semana, mes tras mes. Llegó marzo con sus aguas torrenciales, y seguían sin agenda. La EPS tampoco permitía el cambio de IPS –nunca explicaron por qué–, y ya a mediados de ese mes decidimos poner una PQR (queja) a la Superintendencia de Salud. Muy amablemente le contestaron a mi compañera que la EPS tenía dos días hábiles para responder so pena de sanción.

Pasaron 2, 3 días, 6, 7, y mi compañera llamó a la Super y exigió como mínimo una sanción a esa atrevida EPS que ni respondía a su llamado ni al de la Superintendencia. En estas idas y vueltas llegó abril, con sus inundaciones y el frío propio de ese mes, y yo me decidí a poner otra PQR, que se supone que es una queja a una institución que tiene la sartén por el mango. Me fue recibida la queja, y esta es la hora que ni ha respondido la EPS, ni la Superintendencia se ha pronunciado. No hubo sanciones ni hubo respuestas. Toda una pantomima institucional y una burla a mi derecho.

Acciones prácticas

A partir de esa decepción, y ante el diagnóstico preocupante de la cirujana cardiovascular, tomé la decisión de apartarme del sistema actual de inobservancia de salud, pagando los exámenes y medicamentos con mi pecunio, a pesar de que el sistema me arrebata dos cuotas de pago mensuales de salud, en tanto, debido a mi mala pensión, tengo que trabajar para completar el mes. Gravan mi pensión y gravan mi empleo temporal, y sin embargo la burla es total.

Por fortuna, los exámenes y el diagnóstico dados por el cardiólogo no son lo suficientemente preocupantes para que mi esperanza se vaya al traste. Decidí asumir todo por cuenta propia –cosa que no lo puede hacer la mayoría del pueblo colombiano– porque ni siquiera el tal plan complementario de Sura, que cuesta la suma de $300.000 mensuales o un poco más, sirve para algo positivo, pues las especialidades ofertadas (4) no están relacionadas con enfermedades catastróficas o graves, como las cardíacas, que son las más seguras a mi edad.

Por todo ello, por la práctica cotidiana de sufrimiento de todas y todos, el pueblo colombiano necesita ahora, más que nunca, que el terrible sistema de mala salud que nos mata más que la guerra, desaparezca, y que la salud resplandezca más como un derecho y menos como un negocio financiero en donde la utilidad neta para los accionistas es el fin último.

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