De las zanahorias y el garrote en las leyes colombianas

Por Betty Ciro

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El 23 de diciembre de 1993, el Congreso de la República aprobó la Ley 100, obsérvese que, como la gran mayoría de leyes que golpean a la clase trabajadora y al pueblo, se aprobó en el mes de diciembre. Por la fecha de aprobación, se diría que esta ley se constituyó en el regalo de navidad para los dueños del capital. Es que, por más argumentos que en su momento se esgrimieron para convencernos de las bondades de Ley de Seguridad Social, hoy, casi 30 años después, no existe duda alguna de lo lesiva que ha sido para las clases populares y lo beneficiosa para el gran capital.

Como hemos observado a lo largo de la historia, el legislador suele incluir pequeños beneficios para atenuar los grandes golpes que propina con sus leyes, golpes que, por supuesto, no se vuelven en contra de la mayoría de ellos, pues, como reza una popular frase: “la ley es como el cuchillo, no mata a quien lo maneja”. Una de las zanahorias que incluyeron en la Ley 100 de 1993, fue la mesada catorce contenida en el Artículo 142. Como su nombre lo indica, se adicionó el pago de una mesada a los pensionados de Colombia, que devengaran menos de 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Lo tenían premeditado

Todos recordamos con bastante claridad que el autor de la Ley 100 de 1993 fue el expresidente Álvaro Uribe Vélez, que, dicho sea de paso, dejó en su papel de legislador una estela de sin sabores para la clase trabajadora colombiana. Por mencionar solo algunos: Ley 91 de 1981, aplicable al magisterio y que sería laboratorio para la aplicación de las leyes 50 de 1990 y 100 de 1993. Para el antes senador, convertido a partir de 2002 en presidente de la república, fue bastante fácil retirar las “zanahorias” incluidas en algunas de esas normas. Esto fue lo que sucedió con la mesada catorce instituida en la Ley 100.

Recién iniciado su primer mandato, el entonces presidente Uribe Vélez presentó ante el Congreso la propuesta de reforma a la Constitución, que culminaría con el Acto legislativo 001 de 2005, aprobado el 22 de julio. Su objetivo fue retirar el pago de la mesada 14. La zanahoria duró muy poco, solo 12 años.

Lo que dijo el acto legislativo

El Acto legislativo 001 de 2005 tuvo como sustentación la sostenibilidad financiera. Para ese momento el ministro de hacienda, el tristemente célebre Alberto Carrasquilla, aseguró que el Estado se estaría ahorrando 46,7 billones de pesos, iguales a 17,3 puntos del Producto Interno Bruto (PIB), al dejar de reconocer la mesada catorce a los nuevos pensionados.

Esta reforma a la Constitución dijo que los trabajadores que adquirieran el derecho a gozar de la pensión a partir de la fecha de promulgación del Acto Legislativo 001 de 2005, recibirán la mesada catorce si su pensión era igual o inferior a tres salarios mínimos, pero esta medida solo regiría hasta el 31 de julio de 2011, fecha a partir de la cual ningún trabajador que adquiriese el derecho a la pensión recibiría la mesada catorce. En otras palabras, desde el 31 de julio de 2011 desapareció por completo el derecho a gozar de la mesada catorce, sea cual fuere el valor de la mesada liquidada, que valga la pena aclarar, con el porcentaje de retorno aplicado en el Artículo 34 de la Ley 100, muy pocas superan el salario mínimo.

Y si en el Régimen de Prima Media de Colpensiones la liquidación de la pensión se reduce sustancialmente respecto al salario devengado, qué no diremos de lo que sucede en el Régimen de Ahorro Individual de los Fondos Privados, donde cualquier salario, por alto que sea, al ser liquidado para la pensión se reduce a un salario mínimo porque, según dicen las administradoras de los Fondos privados, el capital aportado durante su vida laboral fue muy bajo y solo le alcanza para recibir en forma vitalicia ese mínimo. Más aún, si es varón y está casado con una mujer muy joven, con mayor razón ese dinero no le alcanza porque las mujeres tienen un promedio de vida más alto. Igualmente, si existe un hijo discapacitado.

¿Para quiénes continúo vigente la mesada catorce?

A la mejor manera de las últimas reformas que se aplican con el criterio de “tranquilos, los que ya la tienen no se preocupen, se eliminará para los nuevos”. Así han funcionado con muy buenos resultados porque han logrado el propósito, dividir, evitar que la lucha por las reivindicaciones sea masiva.

Al día de hoy ningún colombiano que haya adquirido el derecho a la pensión con posterioridad al 31 de julio de 2011, sea cual fuere el monto, recibe más de trece mesadas al año, muy a pesar de que subsistan los motivos que crearon la mesada catorce: “compensación de la pérdida de la capacidad adquisitiva de las pensiones”.

Fue entonces, durante el gobierno del expresidente Álvaro Uribe Vélez que se acabó el derecho a la mesada catorce por iniciativa presentada al Congreso y aprobada por este órgano legislativo en el año 2005.

Y no fue solamente esta reforma constitucional, que eliminó derechos para los trabajadores, durante el gobierno de este nombrado señor se complementaron las reformas que él había gestionado como ponente en el Senado y que habían golpeado bastante a los trabajadores. Por ejemplo, el aumento de la edad de jubilación y de las semanas cotizadas; la prohibición de trasladarse de régimen pensional si le faltaren menos de diez años para adquirir el derecho, entre otras.

Un comentario en “De las zanahorias y el garrote en las leyes colombianas

  1. Qué buen recuento, para que unos recordemos y otros conozcan lo nefasto que ha sido Uribe Vélez. La desgracia es que todavía existe gente que, a pesar de tener unos ingresos paupérrimos, estar excluida socialmente y no tener opción de futuro, sigue arrodillándose ante el dueño del Ubérrimo

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